Organiza tus planes para este 2019, aquí te decimos los días festivos y puentes para este año.
ENERO
1º, el año comienza con un descanso. De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, es un día no laborable; en cambio, el 6 de enero, día de los Reyes Magos, será domingo y no representa asueto.
FEBRERO
Primer puente del año, el lunes 4 es día oficial de descanso. Por ello, podrás organizarte para armar tu puente desde el sábado 2 y el domingo 3 de febrero.
MARZO
El 18, tercer lunes de marzo también es día de asueto, por conmemoración del natalicio de Don Benito Juárez.
ABRIL
Sin ser descansos obligatorios, los días 18 y 19 de abril, jueves y viernes de la Semana Santa, serán días de asueto para la mayoría de los trabajadores mexicanos; en cuanto a los estudiantes, el asueto va del lunes 15 al viernes 26 de abril.
MAYO
El martes 1 de mayo se conmemora el Día del Trabajo, por lo que es día oficial de descanso para estudiantes y trabajadores.
Además, los alumnos incorporados a la Secretaría de Educación Pública también tendrá dos días de descanso: el viernes 10 de mayo por ser Día de las Madres y el miércoles 15, con motivo del Día del Maestro.
Cabe mencionar que el día 5 de mayo, se conmemora la Batalla de Puebla, sin embargo, no representa descanso porque este año caerá en domingo.
JUNIO-JULIO Y AGOSTO
No habrá días conmemorativos.
Sin embargo, la Secretaría de Educación Pública, indica que el curso escolar termina el lunes 9 de julio, por lo que las vacaciones escolares inician el martes 10 y se reanudan la segunda semana de agosto. Esto depende del calendario escolar al que se apegue la escuela.
SEPTIEMBRE
El lunes 16 de septiembre por el aniversario de la Independencia de México habrá suspensión de labores.
NOVIEMBRE
Esta vez el primero y 2 de noviembre caen en viernes y sábado, días que seguramente las clases estarán suspendidas para los estudiantes
El lunes 18 de noviembre, por aniversario de la Revolución Mexicana, el 20 de noviembre, el asueto se recorrerá dos días
DICIEMBRE
Para cerrar bien el año, el último día de descanso obligatorio es por la celebración de la Navidad. Miércoles 25 de diciembre.
Recordemos que en el año 2006, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, un decreto mediante el cual, se modifica el art. 74 de la Ley Federal del Trabajo, referente a los días de descanso obligatorio.
Los días cívicos que sufrieron modificación en esta reforma al artículo 74, son:
El 5 de febrero, Conmemoración de la promulgación de nuestra Constitución, que será festejado el primer lunes de febrero.
El 21 de marzo. Conmemoración del natalicio de Don Benito Juárez, que será festejado el tercer lunes de marzo.
El 20 de noviembre. Conmemoración de la Revolución Mexicana, que será festejada el tercer lunes de noviembre.
Como podrán ver, hay días que no fueron incluidos en esta lista por ejemplo:
El 1 de enero (Año Nuevo)
El 1 de mayo (día del trabajo),
El 16 de septiembre;
El 1 de diciembre de cada seis años, para el cambio de poderes presidenciales;
El 25 de diciembre, por Navidad y los días que cada entidad federativa programe, para efectuar la jornada electoral en los estados.
Con información de 88.9 Noticias.